TESTIMONIO: VISTO: El régimen impuesto por Ordenanza Nº 24/93 para el servicio de co-ches remises, y CONSIDERANDO: Que le han generado conflictos con taxistas de nuestro medio. Que el servicio de taxis está declarado "Servicio Público de Pasa-jeros" y por lo tanto reglamentada la actividad. Que existe una creciente demanda para habilitar nuevos vehículos en el servicio de remises. Que la Ordenanza Nº 24/93 no prevé límites en el número de permi-sionarios y vehículos, situación ésta, que puede poner en riesgo la continuidad del servicio de taxis y remises. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 86/93 ------------------------------- ARTICULO 1.- Agréguese en el Capítulo III (De los vehículos) como Artículo 14º ------------- bis, el siguiente texto: "Los vehículos afectados a este servicio no podrán exceder el número de veinticinco (25) unidades).---------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETA-RIO.---------------------------------------------------------------------------